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Nueva prórroga para la presentación de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió prorrogar nuevamente la presentación de la declaración jurada anual y el pago de Ganancias, Bienes Personales y Cedular  para personas humanas y sucesiones indivisas correspondientes al período fiscal 2020. Además, el organismo extendió los plazos para ingresar el pago del primer anticipo de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2021. La medida está prevista en la Resolución General 5019.


La decisión viene a dar respuesta al pedido realizado por los profesionales de Ciencias Económicas que habían requerido a principios de la presente semana la postergación de su presentación en virtud del atraso con el que el organismo puso a disposición los aplicativos para practicar la liquidación de ambos impuestos y además posibilitar que los contribuyentes cuenten con más tiempo para efectuar los pagos correspondientes.

Las nuevas fechas que define la normativa para las presentaciones y pagos correspondientes de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2020 son los siguientes:


 CUITS 0, 1, 2 Y 3: 10/08/2021 y 11/08/2021 respectivamente.

CUITS 4, 5, 6: 11/08/2021 y 12/08/2021 respectivamente.

CUITS 7, 8, Y 9: 12/08/2021 y 13/08/2021 respectivamente.

Para el caso del pago del primer anticipo del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2021, las nuevas fechas son:


 Terminación CUIT / Fecha de pago

0, 1, 2 y 3 24/08/2021, inclusive

4, 5 y 6 25/08/2021, inclusive

7, 8 y 9 26/08/2021, inclusive

Para el ciclo fiscal 2021, los que trabajadores con sueldos brutos de hasta $ 150.000 por mes están exentos de pagar Ganancias, mientras que los que ganan hasta $ 173.000 tienen algunas deducciones.

Además, la normativa extiende por un mes el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas del impuesto a las Ganancias previsto en la resolución general 5008. La nueva fecha de vencimiento para esta presentación es el 31 de agosto.

La resolución que instrumenta dicha prórroga se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial.


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El Gobierno prorrogó el vencimiento del monotributo y no habrá que pagar este viernes



La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el vencimiento del monotributo del 25 de junio al 5 de agosto próximo, a través de la resolución general 5016/2021 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Así se decidió con el objetivo de garantizar que los contribuyentes puedan pagar sus obligaciones con los valores previstos en la iniciativa que se debate en el parlamento.

El organismo indicó a las entidades bancarias y tarjetas de crédito que no realicen los débitos automáticos de las cuentas de quienes pagan con dicha modalidad.

Con ésta prórroga,  se daría tiempo al Congreso para que se aprueben las modificaciones.

El proyecto que modifica el monotributo y que fue presentado por el titular de la Cámara baja, Sergio Massa, establece una amplia moratoria que impacta a los caídos del sistema en los últimos 3 años, cambia muy fuerte las escalas aliviando mucho la situación fiscal de más de 3,5 millones de personas.

La iniciativa, complementa el reciente Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes impulsado por el Gobierno y hace hincapié en las categorías más bajas, dado que dos de cada tres inscriptos al Monotributo están en las escalas A y B.

J.A.

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Ganancias, Bienes Personales: Nuevas fechas para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los Impuestos a las

 



La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó este lunes las nuevas fechas para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular, correspondientes al período 2020, luego de que la semana pasada dispusiera una prórroga en el plazo inicial.

Para la presentación de las DDJJ y pago del impuesto las nuevas fechas son el 23, 26 y 27 de julio, de acuerdo a la terminación de la CUIT (el ingreso del saldo se realizará el día hábil siguiente de la presentación).

Originalmente el tope para la presentación de las declaraciones juradas era el 11, 14 y 15 de junio, mientras que el ingreso del saldo resultante estaba previsto para el día hábil siguiente.

"La medida garantiza un plazo razonable para que los contribuyentes y sus asesores contables puedan elaborar las declaraciones juradas con los nuevos aplicativos", señalaron desde la dependencia oficial.

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